Ir al contenido principal

¿CUÁL ES AL RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES AL DELINQUIR?




Los menores requieren de medidas específicas que van más allá de la imposición de una pena.

Por una parte, se precisa de la creación de un marco sancionador orientado principalmente a la prevención especial positiva, educativa y resocializadora ya que al encontrarse los menores en proceso de formación de la personalidad es una buena oportunidad para evitar el fortalecimiento de hábitos criminales.

Por otro lado, necesita de un marco procesal especialmente orientado a la salvaguarda de los derechos e intereses del menor que ha delinquido que, expuesto ante la sociedad al estar expuesto ante la sociedad a la aplicación del Derecho Penal, puede quedar estigmatizado.

El artículo 19 CP establece que los menores de 18 años no serán responsables criminalmente. Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule la respuesta penal del menor.

Esta previsión llegó a España al entrar en vigor la LO 5/2000 de 12 de enero, Reguladora de laResponsabilidad penal de los Menores, que supuso la creación de un auténtico Derecho Penal especial juvenil, con un importante grado de autonomía con respecto a las normas generales.

Ámbito de aplicación de esta regulación

El ámbito de aplicación de esta regulación incluye los sujetos que ya han cumplido los 14 años y no alcanzan los 18 años.

Por debajo de los 14 años, los menores se consideran inimputables, a los cuales se les aplicará las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y el resto de disposiciones vigentes (art. 3 LORPM). Es esta una presunción de inimputabilidad iuris et de iure.

Entre los 14 y 18 años son considerados imputables, pero con arreglo a un sistema propio de respuesta penal que pretende adaptarse al desarrollo de la personalidad y de su proceso de integración en la sociedad. Dentro de este grupo se distingue entre los que han alcanzado los 16 años y los menores de 16 años.

Referencia bibliográfica

Gil, A., Lacruz, J., Melendo, M., & Núñez, J. (2018). Consecuencias jurídicas del delito. Regulación y datos de la respuesta a la infracción penal en España. Madrid: Dykinson. S.L.




Comentarios

Entradas populares de este blog

LOS MOTIVOS SOCIALES SEGÚN EL MODELO DE FISKE

Para poder adaptarse a la vida en grupo, los seres humanos necesitan desarrollar una motivación que les impulsara a formar parte de un grupo y pertenecer en él incluso cuando sus intereses individuales se vieran momentáneamente perjudicados. La psicóloga social estadounidense Susan Fiske (2002, 2010) propone cinco motivos sociales universales, es decir, motivos que impulsan a las personas a vivir con otros y a funcionar de forma adecuada en las relaciones, y que serían producto de la evolución de la especie: 1)       La pertenencia . Fiske considera fundamental el motivo de pertenencia porque en torno a él se organizan los otros cuatro. Lo define como la necesidad de relaciones fuertes y estables con otros. Además de incrementar la supervivencia individual, también beneficia al grupo al aumentar la probabilidad de que los miembros cooperen y se involucren en una acción coordinada. Las personas necesitan estar implicadas en alguna relación y pertenecer a algún grupo

¿QUÉ SON LAS ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE?

Las estrategias de aprendizajes (E/A) se podrían definir como comportamientos planificados que seleccionan y organizan mecanismos cognitivos, afectivos y motóricos con el fin de enfrentarse a situaciones-problema, globales o específicas, de aprendizaje. Estas estrategias pues, son las responsables de una función primordial en todo proceso de aprendizaje, facilitar la «asimilación» de la información que llega del exterior al sistema cognitivo del sujeto, lo cual supone gestionar y monitorizar la entrada, etiquetación-categorización, almacenamiento, recuperación y salida de los datos. El papel preeminente que desempeñan estas habilidades no ha tenido suficiente eco en la Educación Formal que sólo de manera limitada ha incorporado una parte de su enseñanza al curriculum escolar bajo el eufemismo de « Enseñar a aprender », con las denominadas habilidades de estudio (sistemas, técnicas, métodos de estudio) que representan el apartado más mecánico y conductual de las E/A, y que

LOS MOTIVOS SOCIALES SEGÚN EL MODELO DE LEVINE Y KERR

    Estos autores en su modelo, siguiendo el análisis realizado por Baumeister y Leary (1995), hacen hincapié en que la satisfacción del motivo de pertenencia no exige sólo un vínculo positivo con otras personas sino, además, que dicho vínculo sea de “elevada cantidad y calidad”. Asimismo, señalan que son muchos los contextos en los que pueden darse esos vínculos no sólo en la familia y en las relaciones íntimas sino también les preocupa su inclusión en grupos y relaciones interpersonales ocasionales que es donde entrarían otros motivos aparte de la pertenencia, que estarían más relacionados con “esfuerzos racionales para obtener metas individuales”. Aspectos a tener en cuenta en el motivo de pertenencia 1)     El motivo se orienta tanto a evitar la exclusión como a buscar la inclusión en las relaciones interpersonales 2)     Su satisfacción o frustración van acompañadas de fuertes respuestas emocionales y cognitivas 3)     Proporciona energía y dirección de la co