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Psicóloga Maria Jesus Suarez Duque DEPRESIÓN: Trastorno de desregulación disruptiva del estado de ánimo

 


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TRASTORNO DE DESREGULACIÓN DISRUPTIVA DEL ESTADO DE ÁNIMO 

Criterios diagnósticos DSM-V

A.   Accesos de cólera graves y recurrentes que se manifiestan verbalmente (p.ej., rabietas verbales) y/o con el comportamiento(p.ej., agresión física a personas o propiedades) cuya intensidad o duración son desproporcionadas a la situación o provocación.

B.   Los accesos de cólera no concuerdan con el grado de desarrollo.

C.   Los accesos de cólera se producen, en término medio, tres o más veces por semana.

D.   El estado de ánimo entre accesos de cólera es persistentemente irritable o irascible la mayor parte del día, casi todos los días, y es observable por parte de otras personas(p.ej., padres, maestros, compañeros)

E.   Los Criterios A-D han estado presentes durante 12 o más meses. En todo este tiempo, el individuo no ha tenido un período que durara tres o más meses consecutivos sin todos los síntomas de los Criterios A-D

F.    Los Criterios A-D están presentes al menos en 2 o 3 contextos y son graves al menos en uno de ellos.

G.   El primer diagnóstico no se debe hacer antes de los 6 años o después de los 18 años.

H.   Por la historia o la observación, los Criterios A-E comienzan antes de los 10 años.

I.     Nunca ha habido un período bien definido de más de un día durante el cual se hayan cumplido todos los criterios sintomáticos, excepto la duración, para un episodio maníaco o hipomaníaco.

J.    Los comportamientos no se producen exclusivamente durante un episodio de trastorno de depresión mayor y no se explican mejor por otro trastorno mental (p.ej., trastorno del espectro autista, TEPT, TAS, trastorno depresivo persistente (distimia).

Nota: Este diagnóstico no puede coexistir con

  • El trastorno negativista desafiante

  • El trastorno explosivo intermitente 

  • El trastorno bipolar

Pero sí puede coexistir con otros, como

  • El trastorno depresivo mayor

  • El TDAH

  • El trastorno de conducta

  • Los trastornos por consumo de sustancias.

Si un individuo no ha tenido nunca un episodio maníaco o hipomaníaco, no se debe hacer el diagnóstico de trastorno de desregulación disruptiva del estado de ánimo

K.   Los síntomas no se pueden atribuir a los efectos fisiológicos de una sustancia o de otra afección médica o neurológica.

Consecuencias funcionales del trastorno de desregulación disruptiva del estado de ánimo

  • La irritabilidad grave crónica, como la que aparece en este trastorno se asocia a una alteración importante de la familia del niño y de las relaciones con los compañeros, así como también del rendimiento académico.

  • Como consecuencia de sus extremadamente baja tolerancia a la frustración, estos niños tienen por lo general dificultades para progresar adecuadamente en el colegio, son a menudo incapaces de participar en las actividades que normalmente disfrutan los niños.

  • Su vida familiar se altera gravemente a causa de sus crisis y su irritabilidad y tienen problemas para hacer o conservar amigos. 

  • Por lo general, los niveles de disfunción de los niños con trastorno bipolar y de los niños con trastorno de desregulación del estado de ánimo son parecidos. Ambos trastornos provocan una grave perturbación en las vidas de los afectados y en sus familias. También en ambos son frecuentes:

  Las conductas peligrosas

  La ideación o los intentos de suicidio

   La agresividad intensa

   La hospitalización psiquiátrica.

Referencia bibliográfica

Association, A. P. (2014). Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales. España: Editorial Médica Panamericana.

¿EN QUÉ SE DIFERENCIAN LOS TRASTORNOS BIPOLARES DEL TRASTORNO DE DESREGULACIÓN DISRUPTIVA DEL ESTADO DE ÁNIMO?


Psicóloga en Vecindario

MARÍA JESÚS SUÁREZ DUQUE

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