Ir al contenido principal

MALTRATO ADULTO Psicóloga María Jesús Suárez Duque MALTRATO ADULTO Violencia contra las mujeres

 

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993 y ratificada en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Beijing, 1995) define violencia contra las mujeres como

todo acto de violencia, basado en la pertenencia al sexo femenino, que tenga o pueda tener por resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico o sexual para las mujeres, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.

Señala que esta violencia incluye:

·      La violencia física, psicológica y sexual que se produce en la familia, incluidos los malos tratos, la violación por el marido, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia referida a la explotación

·      La violencia física, psicológica y sexual perpetrada dentro de la comunidad en general: la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo o en instituciones educacionales, el tráfico de mujeres y la prostitución forzada.

·      La violencia física, psicológica o sexual perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.

En la Declaración se reconoce, asimismo, que la violencia contra la mujer es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres, que han conducido a:

·      La dominación de la mujer por el hombre

·      La discriminación contra la mujer

·      La interposición de obstáculos contra su pleno desarrollo y que es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto al hombre.

Esta Declaración marcó un hito histórico por tres razones esenciales:

1)    Colocó a la violencia contra las mujeres en el marco de los Derechos

Humanos.

2)    Amplió el concepto de violencia contra las mujeres, incluyendo tanto la violencia física, psicológica o sexual como las amenazas de sufrir violencia y tanto en el contexto familiar como de la comunidad o del Estado.

3)    Resaltó que se trata de una forma de violencia basada en el género, de

modo que el factor de riesgo para padecerla es ser mujer (Heyzer, 2000).

 

Por todo ello, esta definición se ha convertido en marco de referencia para posteriores abordajes del tema y para el resto de los organismos e instituciones que se ocupan de su estudio, así como parte integrante de los motivos que justifican las medidas de protección para prevenir, sancionar y erradicar este tipo de violencia así como para prestar atención integral a las víctimas (como la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género u otras legislaciones de las Comunidades Autónomas).

De todas estas formas de violencia que padecen las mujeres, la más frecuente, la más invisible y, probablemente, la más destructiva, es la que proviene de una pareja actual o anterior. Las investigaciones demuestran sistemáticamente que una mujer tiene mayor probabilidad de ser lastimada, violada o asesinada por su compañero afectivo que por otra persona (Amnistía Internacional, 2002; Naciones Unidas, 2006; Organización Mundial de la Salud, 2005).

Según el último informe de la Organización Mundial de la Salud (2013), la violencia contra la mujer es “un problema de salud global de proporciones epidémicas”. Cerca del 35% de todas las mujeres experimentarán hechos de violencia, ya sea en la pareja o fuera de ella, en algún momento de sus vidas. El estudio revela que la violencia dentro de la pareja es el tipo más común de violencia contra la mujer, ya que afecta al 30% de las mujeres en todo el mundo.

Bibliografía

Romero, I., Álvarez, R., & Soria, T. (s.f.). Guía de intervención en casos de violencia de género. Madrid: Síntesis.

Psicóloga en Vecindario

MARÍA JESÚS SUÁREZ DUQUE

Tf 630723090

RESERVA ONLINE👍 

PSICÓLOGA INFANTIL, ADOLESCENTES, ADULTOS Y MAYORES

TERAPIA DE PAREJA

TERAPIA DE FAMILIA

PSICÓLOGA ONLINE Y PRESENCIAL 

 

 

Atención psicológica en problemas de: 

Atención psicológica en:

 Atención psicológica en otros trastornos:

 

Precio 60 euros

Duración 1 hora

Pedir cita: 

Consultas

 

Psicóloga María Jesús Suárez Duque

C/ Tunte,6 Vecindario (Frente al Centro Comercial Atlántico, a la derecha de la oficina de correos)

Pedir cita: 630723090

https://www.psicologavecindariomariajesus.com/  

Comentarios

Entradas populares de este blog

Psicóloga María Jesús Suárez Duque TRASTORNOS DEL SUEÑO: Autorregistro del sueño

   Autorregistro del sueño Días de la semana Antes de acostarse Por la mañana Si he dormido durante el día, tiempo aproximado que he dormido Horario de acostarme Tiempo aproximado que tardé en dormirme Nº de veces que me desperté por la noche Tiempo aproximado que tardé en dormirme Hora de despertar Grado de descanso (0-10) Lunes                     Martes                     Miércoles                     Jueves                     Viernes                     Sábado                     Domingo                      Observaciones:     Centro de Psicología María Jesús Suárez Duque C/ Tunte,6 Vecindario (Frente al Centro Comercial Atlántico, a la derecha de la oficina de correos) Pedir cita: 630723090 https://www.psicologavecindariomariajesus.es/ RESERVA ONLINE👍  PSICÓLOGA INFANTIL, ADOLESCENTES, ADULTOS Y MAYORES TERAPIA DE PAREJA TERAPIA DE FAMILIA PSICÓLOGA ONLINE Y PRESENCIAL    Psicóloga infantil y adolescentes Psicóloga adultos y mayores Atención psicológica individual Terapia de pa

Psicóloga María Jesús Suárez Duque TRASTORNO OBSESIVO COMPULSIVO: Trastornos impulsivos-compulsivos

  TRASTORNOS IMPULSIVOS-COMPULSIVOS La impulsividad y la compulsividad se proponen como endofenotipos, concretamente síntomas relacionados con circuitos cerebrales específicos y que están presentes de forma transdiagnóstica como una dimensión de la psicopatología que traspasa numerosos trastornos psiquiátricos:  Trastornos del espacio obsesivo-compulsivo Adicciones a sustancias/conductas Disruptivo/control de impulsos Sexual TOC Tricotilomanía Pellizcarse la piel Trastorno dismórfico corporal (TDC) Acaparamiento Síndrome de Tourette/trastornos de tics Trastorno de movimientos estereotipados Trastorno del espectro autista Hipocondriasis Somatización Drogadicción Juego Adicción a internet Adicción a la comida (ingesta compulsiva, obesidad) Compra compulsiva Piromanía Cleptomanía Trastorno explosivo intermitente Violencia impulsiva Trastorno de personalidad limítrofe Autolesión/conducta parasuicida Conducta antisocial Trastorno conductual Trastorno de oposición desafiante Manía TDAH Hiper

LOS MOTIVOS SOCIALES SEGÚN EL MODELO DE FISKE

Para poder adaptarse a la vida en grupo, los seres humanos necesitan desarrollar una motivación que les impulsara a formar parte de un grupo y pertenecer en él incluso cuando sus intereses individuales se vieran momentáneamente perjudicados. La psicóloga social estadounidense Susan Fiske (2002, 2010) propone cinco motivos sociales universales, es decir, motivos que impulsan a las personas a vivir con otros y a funcionar de forma adecuada en las relaciones, y que serían producto de la evolución de la especie: 1)       La pertenencia . Fiske considera fundamental el motivo de pertenencia porque en torno a él se organizan los otros cuatro. Lo define como la necesidad de relaciones fuertes y estables con otros. Además de incrementar la supervivencia individual, también beneficia al grupo al aumentar la probabilidad de que los miembros cooperen y se involucren en una acción coordinada. Las personas necesitan estar implicadas en alguna relación y pertenecer a algún grupo